La primera norma legal sobre la regulación de mutuales en Argentina
Ya con el libro en las manos comencé a recorrer su índice y allí hallé un apartado que hacía referencia a una normativa sobre mutuales. Voy al texto y me sorprendo al encontrar un decreto de 1938 que fue el primer ordenamiento jurídico dado en
No podía comprender cómo ese texto se me había escapado, tres décadas atrás, al trabajar con la obra de Páez. Encontré una justificación a mi desaprensión en el hecho de que el tema de mi tesis no se orientaba hacia los aspectos jurídicos de la mutuales, sino hacia el rol educativo que debían continuar teniendo las mutuales dentro de cada una de ellas y en la sociedad; otra excusa, para justificar esa falta de interés en tan importante texto la encontré en que el motivo de la consulta del libro de Páez era distinguir a las mutuales de las asociaciones.
El descubrimiento que estaba haciendo era verdaderamente increíble porque en la bibliografía disponible sobre antecedentes del mutualismo en
Ese decreto fue firmado por el Presidente de
Los capítulos comprendidos en esa norma son: estatuto; clases de asociados; responsabilidades y derechos de los asociados; órganos de administración y fiscalización; tipos y régimen de las asambleas; mutuales constituidas en empresas; contabilidad; balances; estadísticas; fusión, reciprocidad en la prestación de servicios; constitución de federaciones; fomento del mutualismo por parte del gobierno y a través de
Vale la pena señalar que este decreto fue tomado por el senador Franciso M. Álvarez para redactar su proyecto de ley en 1941.
El silencio que cubrió ese decreto nos hizo pensar si la “historia oficial” (difundida por las repeticiones de los docentes y apologistas del mutualismo de los cuales formamos parte) no estaba carente de una revisión y de una mirada más abarcadora de ese fenómeno social y solidario que es el mutualismo desarrollado en
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* El licenciado Felipe Rodolfo Arella es investigador de
Comentarios (3)





no me gustan las mutuales son fieras las guachas
el pobre comentario sobre mutuales de Federico, merece la mayor observación por parte de la dirigencia, ya que ese es el concepto generalizado, por eso debemos contar a lo largo y ancho del pais que es el mutualismo y porque existe.
Invitamos humildemente al Sr. Federico a que lee el libro que escribi y que se llama HISTORIAS DE LA INMIGRACION Y MEMORIAS DEL MUTUALISMO, y despues que vuelva a opinar, asi su apreciación no es tan ligera.
NOEMI GLADYS GORRIZ DIRECTORA REVISTA MUTUALISMO HOY Y AUTORA DEL LIBRO MENCIONADO- 20 DE ENERO 2011
Lamentable opiniòn del sr. Federico. Indudablemente demuestra no tener el menor conocimiento de los que significaron, significan y significaràn las Mutuales en la Argentina. No olvidemos las viejas Sociedades de Socorros Mutuos fundadas por las colectividades de los inmigranes que llegaron al país y lo hicieron grande, que a mi entender, fueron el Inicio de nuestras actuales Mutuales.. Otra alternativa sería que el Sr. Federico haya caído en “manos” de las “Mutuales truchas” que, aunque legitimizadas con la Matrícula del INAES, no son más que financieras o empresas de ventas disfrazadas de entidades de bien pùblico.